Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la presente demanda, Interpuesta por el ciudadano José Gregorio Gómez Rodríguez, asistido de abogado, contra la Dirección Estadal del Ministerio Del Poder Popular de Ecosocialismo del Estado Anzoátegui, en la persona de la Ingeniera Katiuska Homsi, todos antes identificados.
SEGUNDO: Remítase el presente expediente al Archivo Judicial en su oportunidad legal correspondiente.-