Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación propuesto en fecha 30 de marzo del año 2.007, por el apoderado judicial de la parte actora abogado JUAN VICENTE CABRERA, y en consecuencia de ello: PRIMERO: Se REVOCA el Auto apelado dictado por el Tribunal de la Causa en fecha 29 de marzo del año 2.007 que, NEGÓ la admisión de la demanda en el presente asunto, SEGUNDO: Se ORDENA al A quo ADMITIR la presente demanda, y TERCERO: No hay CONDENA en costas.-