DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Anaco con funciones de Control Sección Adolescentes, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley decreta, al adolescente: J.G.G (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), venezolano, de 17 años de edad, nacido en fecha 05/05/1997, titular de la Cédula de Identidad No. 26.203.336, natural de Anaco Estado Anzoátegui, residenciado en la Calle San Martín casa s/n, Sector Alí Primera de Anaco Estado Anzoátegui, B.G.R.M (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de 15 años de edad, Indocumentado, nacido en fecha 08/11/1999 y residenciado en la calle 5 de Julio casa s/n del Sector San Simón de Anaco Estado Anzoátegui y J.M.V (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), venezolano, de 15 años de edad, Indocumentado, residenciado en la Calle Tercera Transversal casa s.....