"...SE DECLARA PROCEDENTE, la solicitud de MEDIDA AUTOSATISFACTIVA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA, solicitada por la abogada YANELIS MAYIRA LÓPEZ RONDÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.516.082, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 100.156, actuando con el carácter de Defensora Pública Segunda en materia Agraria, del estado Anzoátegui, en representación de los ciudadanos CASTO RODRÍGUEZ, WILLIAMS ABACHE Y RAMÓN RIVERO, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 5.999.254, V- 8.971.690 y V- 8.470.356, domiciliados en el Fundo La Unión, sector Melones, municipio Guanipa, estado Anzoátegui. En consecuencia se decreta formal MEDIDA AUTOSATISFACTIVA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA, sobre un lote de terreno constante de aproximadamente de trescientas dieciséis hectáreas con diecinueve áreas (316,19 Has), denominado "La Unión", ubicado en el sector Melones, municipio San José de Guanipa, del estado Anzoátegui. ASÍ SE DECIDE..."