Por todos los razonamientos arriba expuestos, este Tribunal, administrando Justicia por Autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, La Perención de la Instancia de la presente causa que por Divorcio 185-A interpusieron los ciudadanos Nancy Josefina Hevia Pernia y Manuel Antonio Castillo García, ampliamente identificados anteriormente.-