Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuesta este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Inserción de la Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana María Alejandra Fajardo, y en tal sentido de conformidad con el Artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción de la partida de nacimiento de la ciudadana María Alejandra Fajardo, quien nació el día quince (15) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1.981), en la comunidad del Eneal Caserío la Ceibita, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui; siendo su madre Miguelina Fajardo. Asimismo, se ordena al ciudadano Director del Registro Civil Municipio Simón Bolívar y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, tomar nota de la presente.....