Por cuanto la inhibición planteada por el abogado PEDRO RAFAEL MEJÍA, esta fundamentada en causa legal, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición planteada. Así se decide