Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JESUS ALBERTO TOCHON GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.114.825, natural de Barcelona- Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 15-05-1979, de 28 años de edad, soltero, Hijo de Tibisíay Coromoto Gómez y de Leoncio Nicolás Tochón Ramos, residenciado en: calle TIBISAY , CASA SIN NUMERO , CAMPO CLARO, BARCELONA, por la comisión del HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal Venezolano Vigente, todo conforme a lo establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a seguirse es el Ordinario. Líbrense Oficios a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui. Participándole lo conducente. Cúmplase.