Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE la suma de CIENTO DIECIOCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 118.000,00) en efectivo y en moneda de curso legal, que se encuentran en la caja registradora del negocio, y los bienes señalados por el Apoderado de la parte ejecutante hasta por la cantidad de CUATRO MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.055.000,ºº), y los coloca en posesión de la Depositaria Judicial LA ORIENTAL, C.A., representada en este acto por el ciudadano RIGOBERTO ALCALA BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.193.559, quien encontrándose juramentado aceptó conforme en nombre de su representada Depositaria Judicial LA ORIENTAL, C.A.; y expone: "Recibo y tomo posesión de los bienes muebles embargados preventivamente en este acto, pa.....