Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva declarando SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de agosto de año 2009, por las abogadas AMARILIS GOMEZ DE VIVAS y JUVELIS VIVAS GOMEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de agosto del año 2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, y en consecuencia de ello se confirma la decisión objeto de apelación.