Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal del Recurso Contencioso Tributario, recibido ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha veinticuatro (24) de octubre del 2013, por el ciudadano Hermes Barrios Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.271.064, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 59.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente FARMACIA CPM C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 18 de agosto de 2000, bajo el Nº 39, Tomo A-19, domiciliada en la Avenida Paseo Colon, Complejo Turístico El Morro, C.C. Plaza Mayor, Edificio Nº 03, Nivel PB, Lechería, Estado Anzoátegui. debidamente i.....