...este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la nulidad de la actuación realizada por este Tribunal en fecha 28 de noviembre del año que discurre conforme a lo establecido en el artículo 211 y 212 del Código de Procedimiento Civil aplicable por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y repone la causa al estado procesal que se celebre la audiencia preliminar, concediéndosele cuatro (04) días como término de la distancia a la empresa demandada POLIPANEL E.M.A S.A, ello por razones de orden público procesal, como quiera que la parte demandada, tiene su domicilio principal en la ciudad de Caracas, Distrito Capital; conforme a lo preceptuado en el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil aplicable por remisión analógica. Asimismo, este Juzgado deja establecido q.....