Por las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR las las MEDIDAS PREVENTIVAS CAUTELARES DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES, ASEGURAMIENTO DE BIENES, PROHIBICIÓN DE SALIR SIN AUTORIZACION DEL PAÍS Y DE LA LOCALIDAD EN LA CUAL RESIDAN, BLOQUEO E INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS y/o CUALQUIER OTRO INSTRUMENTO FINANCIERO, que registren a nombre de los Ciudadanos: LUIS RICARDO GUARESCHI DAVILA, titular de las Cédula de Identidad Nro. V-12.350.945, JESÚS ANTONIO SPINETTI, titular de la cedula de identidad Nº V-8.323.776, en sus carácter de DIRECTORES, de la Sociedad Mercantil EDIFICACIONES LA ESTANCIA C.A; y de las ciudadanas ERIKA VANESSA VIVAS ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº V-11.407.823, KARINA DEL CARMEN BORRERO RODRIGUEZ, titula.....