este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCION POR PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha tres (03) de septiembre de 2004, por el ciudadano HECTOR GUILLERMO AHOW DOMÍNGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.468.125, inscrito en el Registro de Información Fiscal bajo el N° V-02468125-0, domiciliado en la ciudad de Lechería, Municipio Urbaneja, Estado Anzoátegui, asistido por el Abogado en ejercicio YEUDIS FARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.519.959, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 82.183 y recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha seis (06) de septiembre de 2004.....