En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley declarar:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales incoara a través de coapoderado judicial el ciudadano ALEXIS JOSE CORDERO RANGEL contra la empresa DISTRIBUIDORA REGIONAL ANACO, C.A.(DRACA), ambos plenamente identificados en autos.