Este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la Conversión de la Separación de Cuerpo en DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos: FRANCIS GRICELIS MENDEZ INFANTE y RAFAEL EDGARDO HERNANDEZ BORGES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V.-13.497.842 y V-8.967.514, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de El Tigre, municipio Simón Rodríguez, estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la abogada, AYSKEL PALERMO DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N°: 30.817, en los términos planteados; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía.-