Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la Revisión de Medida interpuesto por el Dr. LUIS BOULTON , en su condición de Defensor de Confianza de los ciudadanos LUIGI MIGUEL MARTINEZ COVA Y DOUGLAS JOSE GARCIA ZAPATA , identificados en autos, quienes se encuentran privados de libertad por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el Articulo 31 de la Ley contra el Tráfico Ilícito de Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO , previsto y sancionado en el art 277 del Código Penal ; cometido en perjuicio de la Colectividad ; de conformidad con el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.-