Por las razones de hecho y derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Juicio Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CULPABLE al ciudadano EDDY EFREN PRIN, Venezolano, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, en donde nació en fecha 26/05/1979, titular de la cédula de identidad N° 15.474.774, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de RAUL TINARES (V) y BRICEIDA PRIN (V), residenciado en la Calle Portugal Arriba, Avenida Raúl Leoni, Casa N° 4-47, Calle Nro 04 Sector Cruz de Píritu, Estado Anzoátegui, por considerarlo autor y responsable de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA.....