Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, hubiere propuesto el ciudadano CARLOS LUIS CONTRERAS TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.872.407 y de este domicilio, debidamente asistido por los abogados en ejercicio Reinaldo Leones y William Díaz, venezolanos, mayores de edad, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 95.399 y 30.054 respectivamente, en contra de JESÚS CARMEN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.333.816 y domiciliado en la calle Principal las Acacias, No. 05, Caripe, estado Monagas . Así se decide.