Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: MANTENER la MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, que por el lapso de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y OCHO (08) DIAS, le fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de San Tome, Estado Anzoátegui donde nació el 7 de Febrero de 1985 de 22 años de edad, hijo de Carlos Alberto Licir y de Ana Aurelina Antuarez, con domicilio en la calle L, casa n° 68-A, Campo Sur san Tome, Estado Anzoátegui, actualmente recluido en el Centro Penitenciario José Antonio Anzoátegui, por sentencia dictada, en fecha 13 de Marzo del año 2003, por el Tribunal de Municipio Simón Rodríguez, en función de Control, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO D.....