En virtud de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona constituido en Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ABSUELVE a los ciudadanos DALIA DEL VALLE DELGADO DE SANCHEZ, venezolana , titular de la cédula de identidad Nro. 5.191.388, técnico Superior en Informatica, hijo de los ciudadanos JOSE DARIO DELGADO PAVON Y MARIA AUXILIADORA ORTEGA, y domiciliada en la Urbanización Los Cocalitos, bloqwue 1, PB, apartamento 1-4, Guanta- Estado Anzoátegui y CRUZ ALBERTO BRITO RONDON, de nacionalidad venezolano, titular de la cedula de Identidad nro. 8.306.303, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico Aduanero hijo de Domingo Brito y Rosa de Brito, residenciado en la Calle Mediania de Guanta Edo. Anzoátegui. Por considerar que en el desarrollo del debate no se demostró la culpabilidad de los .....