Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, convenida entre los cónyuges ciudadanos: JOSMAR LUIS MEDINA PEREZ y MARIANELA NAZARETH GARCIA TOVAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 14.317.389 Y 14.432.080, y declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, según Acta de Matrimonio debidamente anotada bajo el N° 30, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la Prefectura del Municipio Turístico El Morro de Lechería del Estado Anzoátegui, en fecha 14 de febrero del 2.004, cursante a los autos.- y así se decide.-