Este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ACUERDA a favor del ciudadano LESBIA COROMOTO HERRERA VASQUEZ, portadora de la Cédula de Identidad V-8.315.453, residenciada en: Calle Nueva Esparta, Casa Nª 16, El Rincón del Paraíso, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, extensiva a sus hijos e hija de nombre ENYERVE HERRERA, ABEL HERRERA, PATRICIA HERRERA y a su nieta MONICA HERRERA, quienes residen en la misma dirección, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Jefe de la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana LESBIA COROMOTO HERRERA VASQUEZ, extensiva a sus hijos e hija de nombre ENYERVE HERRERA, ABEL HERRERA, PATRICIA HERRERA y a su nieta MONICA HERRERA, quienes residen en la misma dirección, en su condición de Victima.
SEGUNDO: La custodia policia.....