Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: Se DECRETA: La LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN al Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA. Todo de conformidad con los artículos 37 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se Ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico, a los fines de su investigación, de conformidad con el articulo 101 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencias Líbrese las Correspondientes boletas de Libertad, y los oficios respectivos. Y así se decide.