En atención a esa inactividad de la parte interesada y ante ese hecho jurídico, este Tribunal declara la EXTINCION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA que tenia el fallecido padre LEODAN MARCANO, a favor de su menor hijo xxxxxxxx, y por ende EXTINGUIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, en concordancia con el numeral tercero del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del expediente. Así se declara.
Dada, firmada y sellada en la sede de Despacho del Juzgado de Municipio de los Municipios Fernando de Peñalver y Píritu de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. En Puerto Píritu, a los seis (6) días de Agosto del año del 2007.
LA JUEZA TITULAR
DRA: MIRNA MARIN M.
LA SECRETARIA Acc,
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