SE DECLINÓ LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE CAUSA, contentiva de solicitud de Audiencia Oral de Imputación, incoado en contra de la ciudadana JUDIMAR JOSE ZAPATA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. 24.799.354, REPRESENTANTES DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA LATINEA MAR, C.A., por la presunta comisión de los delitos de que será impuesto en la referida audiencia, en perjuicio de los ciudadanos: F.E.Z., D.J.Z. Y F.D.L.A.Z., AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOATEGUI que corresponda, de conformidad con lo establecido en los artículos 71, 80 y 354 Ultimo Aparte del Código Orgánico Procesal Penal y en consideración a lo preceptuado en los articulo 65 y 262 ibidem.