Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD en a favor del ciudadano: JOSE MANUEL VERA, titular de la cédula de identidad Nº 18.511.595, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el 25-05-1984 de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Ángel Rafael Guaicurva y de Olga Josefina Vera, residenciado en Calle Las Cruces, N° 3, cerca de una escuela, Barrio Razetti I, Barcelona, Estado Anzoátegui, Barcelona, Estado Anzoátegui; por encontrarlo responsable en la comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Adolescente VENECIA TRINIDAD CASTILLO, Se decreta la aplicación del Procedimiento.....