Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, analizando la respectiva comunicación y lo preceptuado en las normas que rigen la materia, ACUERDA LA REVOCATORIA del Beneficio de Destacamento de Trabajo otorgado al penado ILVIN ALEXANDER ECHENIQUE IZQUIERDO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.987.032, -plenamente identificado en autos-; por haber incumplido con las condiciones impuestas para su permanencia en dicho Beneficio. Oficiese al Director del Internado Judicial "José Antonio Anzoátegui" de esta ciudad y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario; participándoles de la presente revocatoria. Líbrense las correspondientes notificaciones a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01,
DRA. HILDA ZAMORA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
ABG. AIDA ELENA RAMOS
HZA/arz