Así las cosas, verificado igualmente que el acta transaccional analizada, las partes han cumplido con todos los extremos previstos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y habiendo actuado en su otorgamiento personas jurídicamente capaces y facultadas para tal acto, este Despacho HOMOLOGA, el acta transaccional de fecha 7 DE OCTUBRE DE 2009. Así mismo, de acuerdo a lo solicitado por las partes, se acuerda librar dos (2) ejemplares de la presente transacción y el auto que la homologa, para lo cual se exhorta a las partes a proveer las fotocopias necesarias a través del Alguacilazgo de este Circuito laboral. Se ordena que luego de la expedición de las copias certificadas ordenadas, se dé por terminado el presente asunto se archive definitivamente el presente expediente y se termine igualmente en el sistema Juris-2000. Estámpese la nota correspondiente en el Libro de entrada y salida.....