SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente formulado por los ciudadanos: LUQUEZ GONZALEZ EDUARD ROLANDO, Venezolano, mayores de edad y titular de la cedula de identidad números V- 10.113.182, contra ABREU JAEN ALESKA ALEXANDRA, Venezolana, mayor de edad y titulare de la cedula de identidad números V-16.064.811, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.