SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio  fundamentada  en  el  artículo  185-A  del  Código  de Procedimiento Civil Venezolano vigente formulado  por los  ciudadanos:   LUQUEZ  GONZALEZ  EDUARD ROLANDO,  Venezolano, mayores de edad y titular de la cedula de identidad números  V- 10.113.182,  contra ABREU JAEN   ALESKA   ALEXANDRA,   Venezolana,  mayor de  edad  y  titulare  de  la  cedula de identidad números    V-16.064.811, respectivamente, de este domicilio.  En  consecuencia  se  declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.