Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Conforme al artículo 105 del Código Penal Venezolano, SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA impuesta al ciudadano RAMON ANTONIO MAITA GOLINDANO, titular de la cédula de identidad N° V-8.277.571, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, cometido en perjuicio del hoy occiso OMAR RAFAEL CASTRO. SEGUNDO: SE DECRETA el CESE DE LA PENA ACCESORIA A LA PRESIDIO, CORRESPONDIENTE A LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, contemplada en los artículos 16, numeral 2 y 22, ambos del Código Penal, a favor del penado RAMON ANTONIO MAITA GOLINDANO, todo ello en acatamiento a la Sentencia dictada en fecha 21-05-2.007, por la Sala .....