Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda que por Cobro de Bolívares tramitada por el procedimiento Intimatorio, hubiere incoado la ciudadana ELIZABETH OLARTE VILLABONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.763.780, a través de sus apoderadas judiciales, ciudadanas: LISBETH FIGUERA CUMANA y MARIA MAGDALENA HERNANDEZ, abogadas en ejercicio, venezolanas, mayores de edad e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos: 27.538 y 82.560, respectivamente; en contra del ciudadano ARMANDO OROCOPEY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.274.692 y de este domicilio. Así se decide.