Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nº 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: JAIME FERNANDO DE OLIVEIRA LEÒN, antes identificado, el vehículo en cuestión cuyas características son las siguientes: CLASE AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: FORD, AÑO: 2006, MODELO FIESTA POWER, COLOR: GRIS, USO: PARTICULAR, SERIAL MOTOR: 6A32902, SERIAL CARROCERIA: 8YPZF16N168A32909, PLACAS: MCL-801, USO: PARTICULAR.
SEGUNDO: Se acuerda Oficiar al Estacionamiento “El Crucero” ubicado en la Autopista Rómulo Betancourt a la salida de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentra en calidad de deposito dicho vehículo, a los fines de informarle que este Tribunal por decisión de esta misma fecha ordeno la ENTREGA DEL VEHÌCULO en cuestión, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de.....