Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con Lugar la demanda que porque por resolución de Contrato de Arrendamiento, hubieren intentado los ciudadanos ALFREDO PUPPO y MARGARITA MONYS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 5.188.487 y 4.222.703, respectivamente, domiciliados en Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, asistidos por la abogada en ejercicio FRANCISCA LUNAR DE LAZAREVIC, venezolana, mayor de edad e inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 20.313, en contra del ciudadano JUAN DE LA CRUZ ARIAS LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.909.363 y de este domicilio; Segundo: Sin Lugar, el recurso de apelación inte.....