Este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado RAMON ERNESTO BURIEL PUCHETE, titular de la cédula de identidad Nº 8.296.357, POR EL DELITO DE TRAFICO EN LA MODALIDA DE COMERCIO. Y MEDIDA CAUTELAR SUSTITITUVA DE LIBERTAD CON FIANZA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 242 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL. Numerales 3 y 8 del código orgánico procesal penal la cual consisió en_ PRIMERO: presentaciones periódicas cada treinta 30 días y SEGUNDO: la presentación de dos fiadores que devenguen un sueldo minino a favor de los imputados YEMIR RAMON MALLORGA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad Nº 16.658.097, LUIS DAVID LOPEZ BURIEL, titular de la cédula de identidad Nº 22.870.851, ALEXIS JOSE CARVAJAL, titular de la cédula de identidad Nº 15.514.615, VICTOR HUGO DOMINGU.....