Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar el por lo tanto declara sin lugar el petitorio de la DRA YUTCELINA ALFONZO, defensora Decimaquinta Pública de esta Circunscripción Judicial actuando en representación de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), consecuencialmente la nulidad absoluta de las actuaciones que anteceden a este acto, como es el acta de Audiencia Especial de Plazo celebrada en fecha 10 de Noviembre de 2005 donde se acordó al un plazo de Cuarenta y cinco (45) días y el auto de fecha 21 de Diciembre de 2005 donde se concedió un plazo de prorroga de treinta (30) días al Ministerio Público Especializado en ambos caso para presentar acto conclusivo; por contravención e inobservancia de las formas y condiciones prevista en la Constitución y en el Código Orgánico Proc.....