En merito de lo expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Prescripción opuesta por la sociedad coaccionada SERVICIOS DE POZOS ANZOATEGUI, C.A y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL LUIS TORREALBA VASQUEZ, por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, en contra de la sociedad GALENUS 2000, C.A. Y así se decide.
SEGUNDO: Se condena a la demandada GALENUS 2000, C.A., a cancelar al demandante RAFAEL LUIS TORREALBA VASQUEZ la suma de DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs.18.221.292,4); por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, determinados y especificados precedentemente, sin perjuicio de las sumas que se causen por .....