Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del imputado MANUEL JOSE NARVAEZ TAMICHE, titular de la Cédula de Identidad N° 17.733.075, nacido en fecha 10-07-1985, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 21 años de edad, hijo de los ciudadanos: José Manuel Narváez y Elena del Valle Tamiche, residenciado en: TRONCONAL III, CALLE 03, VEREDA 09, CASA N° 6, BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Estado Anzoátegui, en virtud de no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículo.....