Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando EXTEMPORÁNEO, POR TARDÍO, y, por ende, Inadmisible, el recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de noviembre del año 2009, por el abogado JORGE ELIECER DOMINGUEZ SANCHEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, empresa SERVICIOS AMBIENTALES INTEGRADOS C.A.,, contra la decisión dictada en fecha 02 de noviembre de 2009, por el Juzgado de la Causa, revocándose en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 10 de noviembre del año 2009, dictado por el a quo que admitió (oyó en solo efecto) la apelación a que se contrae el presente asunto, y como consecuencia de lo decidido anteriormente, se confirma la decisión apelada, que dio lugar a la apelación interpuesta.