En este acto interviene la parte actora y expone: " vista la parte ejecutada, acepto la solicitud de la prórroga y le concedo hasta el lunes doce de marzo del presente mes y año (12-03-07), al medio día, para que desocupe voluntariamente el inmueble objeto de la presente Medida de Secuestro, verificando con anticipación el cumplimiento de las reparaciones a que se comprometió la parte ejecutada. Solicito al Tribunal me fije una nueva oportunidad de traslado a los fines de darle cumplimiento a la presente medida, y si para la fecha anteriormente señalada, el ciudadano: ALHAIN SANCHEZ FAJARDO, parte ejecutada en éste acto, no hace la debida entrega del inmueble libre de bienes para la fecha en que se comprometió, es decir, el día lunes doce de marzo del presente mes y año (12-03-07), solicito al Tribunal proceda en caso de incumplimiento, la practica en la oportunidad que fije el Tribunal a la practica de la Medida de Secuestro, es todo".