Este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida a los ciudadanos DANIEL, ALBERTO, EL MAURI, YUNILCAR y MUNDITO, (sin otros datos filiatorios), por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Articulo 413 del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio del ciudadano JHONNY JOSE GONZALEZ VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.972.489; de conformidad con los Artículos 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 Ordinal 5° del Código Penal. Regístrese. Notifíquese. Remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.-