A tal efecto, se decreta el embargo ejecutivo sobre bienes propiedad del demandado hasta cubrir la cantidad de VEINTITRES MILLONES NOVENTA Y TRES MIL OCHENTA Y TRES BOLIVARES (Bs.23.093.083,00), monto que comprende el doble de la cantidad demandada, más Costas, Costos, y Honorarios Profesionales, es decir; el doble de la cantidad DIEZ MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 10.208.000,00), más las Costas, Costos y Honorarios Profesionales, que es la cantidad de DOS MILLONES SEISCISENTOS SESENTA Y SIETE OCHENTA Y TRES BOLIVARES (Bs.2.677.083,00), calculados prudencialmente por el Tribunal en un veinticinco por ciento (25%) del valor de la demanda, así mismo se le hace saber que si la medida recayera en cantidades líquidas de dinero, se hará hasta por la cantidad de TRECE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.13.385.416,00), por concepto que a continuación se especifican:1.- La cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs.10.0.....