Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra de los acusados DOUGLAS JOSE GONZALEZ, ALEXANDER ANTONIO DIAZ PERDOMO y LEONARDO LUIS MATA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad números Indocumentado, 16.852.187 y 15.879.398, respectivamente, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO cometido en perjuicio de la victima MAXIMILIANO FIGUERA CONTRERAS; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 30-03-2.010, A LAS 10:30AM. Líbrense las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la Oficina de Alguacilazgo para que de cumpli.....