Conforme a los artículos 581, Parágrafo Segundo, en concordancia con el 582 literal g, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y CESO la medida de PRISIÓN PREVENTIVA impuesta en fecha 17 de noviembre del año 2015, por el Juzgado de Control Nº 01 Sección de Adolescentes, de este Circuito Judicial Penal, al ciudadano S.J.T.T. (IDENTIDAD OMITIDA); y la SUSTITUYO por la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN DE FIANZA y constatada a satisfacción del Tribunal, se materializará la libertad del acusado de marras, a quien se le sigue el presente proceso por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVO FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con los artículos 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano hoy occiso RUBEN JESUS MAGALLANES BARRIOS.