En consecuencia, en base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado LARRY AQUIAS, en su carácter de autos; contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 18 de marzo de 2.008.-