Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra del acusado DARWIN ENRIQUE ARAY, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.448.155, por la presunta comisión del delito HURTO AGRAVADO Y DAÑOS A OBRAS PUBLICAS, previsto y sancionado en el articulo 452 y 360 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de CADAFE y la COLECTIVIDAD; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 14-04-2.011, A LAS 11:45 DE LA MAÑANA. Líbrense las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la Oficina de Alguacilazgo para que de cumplimiento a la consignación.....