DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de la Jóven IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 11 de Junio de 1988, de 18 años de edad, hija de los ciudadanos Ada Mirabal Guevara, residenciado en Barrio el Viñedo, casa sin numero, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que se señaló cometido en perjuicio de la Colectividad, de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en concordancia co.....