Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos : MAURICIO JOSÉ MALAVE ZURITA y MARITZA GELVIS SEPULVEDA, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha veintisiete de julio de dos mil uno, por ante la Prefectura del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta bajo el N° 191, Folios 72 al 74, en el Libro Original Nº 02 de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 2001.- Así se decide.-