Por todas las consideraciones precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ALEJANDRO ANTONIO GARCIA MALPICA contra la empresa SERVICIOS PETROLEROS FLINT, C.A arriba identificados, quedando de este modo confirmada la sentencia apelada. Así se decide.