Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en la presente causa.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la Ciudad de El Tigre, a los Ocho (8) días del mes de Junio del año Dos Mil Seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SÁNCHEZ
Suplente Especial.-
LA SECRETARIA,
Abg. ILMIFLOR GUEVARA LISTA